La Ley de Reconstrucción Nacional faculta a la Tesorería General de la República, por el plazo de 180 días contados desde su publicación en el Diario Oficial, para otorgar facilidades
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»
