Extracto: La Resolución Exenta N° 113, de 31 de agosto de 2026, creó una declaración jurada anual destinada a informar los montos percibidos o devengados por creadores de contenido digital. Influencers.
Mediante la Resolución Exenta N° 113, de 31 de agosto de 2026, el Servicio de Impuestos Internos estableció la declaración jurada anual N° 1965, sobre los montos percibidos o devengados por creadores de contenido digital y por empresas proveedoras de contenido digital.
La medida se inscribe en una línea de trabajo que el Servicio ha venido desarrollando de manera sostenida: dotar de trazabilidad a los flujos de la economía digital, donde una parte relevante de los ingresos se genera a través de plataformas extranjeras y se recibe por medios de pago que históricamente quedaban fuera del alcance de la información disponible para la administración tributaria.
Para los contribuyentes que perciben ingresos por esta vía, la novedad tiene un efecto directo: la información que antes dependía de la declaración voluntaria pasa a ser contrastable con lo que reporten terceros. Ello obliga a revisar la correcta emisión de documentos tributarios, la determinación del régimen aplicable y el tratamiento de los ingresos de fuente extranjera.
En la misma fecha, la Resolución Exenta N° 115 estableció la declaración jurada anual N° 1966, referida a personas o entidades que declararon que su actividad no está sujeta a la obligación de dar aviso de inicio de actividades, conforme al artículo 68 inciso duodécimo del Código Tributario.
Recomendamos a quienes desarrollan actividades de creación o provisión de contenido digital revisar su situación tributaria antes del cierre del ejercicio, particularmente en materia de residencia, calificación de la renta y documentación de respaldo.
A través del presente link puede descargar información completa de cambios recientes en declaraciones juradas.
BBSC_Declaraciones_Juradas_Internacionales_2026
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Claudia Valdés Muñoz · Gerente General BBSC® · cvaldes@bbsc.cl · www.bbsc.cl · +569 81393599
