Extracto: La resolución rige a partir del Año Tributario 2027 respecto de las operaciones del año comercial 2026, de modo que alcanza al ejercicio actualmente en curso. Con fecha 31
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»
