La Ley N° 21.591 fijó un límite a la carga tributaria total de la minería. En la práctica, solo se activa con precios del cobre muy altos.
El artículo 8 de la Ley N° 21.591 introdujo una figura que el régimen anterior no conocía: el límite de la carga tributaria máxima potencial. La suma del Impuesto de Primera Categoría, los impuestos finales teóricos y el Royalty no puede superar el 46,5% de la renta imponible operacional minera ajustada, o el 45,5% si el promedio de ventas no supera 80.000 toneladas métricas de cobre fino.
Dos precisiones técnicas evitan errores. La primera: los impuestos finales se consideran en forma teórica, de modo que el Impuesto de Primera Categoría más los finales equivalen siempre a un 35% de la renta líquida imponible definitiva. Por lo tanto, la rebaja gradual del impuesto corporativo que introduce la Ley de Reconstrucción Nacional no amplía la holgura del tope. La segunda: si la carga excede el límite, se reduce primero el componente sobre la rentabilidad y solo después el ad valorem, reponiendo la renta líquida y recalculando.
¿Cuándo opera realmente? En un ejercicio simulado con un precio del cobre de US$ 4,50 por libra, la carga potencial alcanza el 32,4% de la base minera: hay holgura suficiente y el tope no interviene. Manteniendo constantes las demás variables, la carga sube junto con el precio y llega al límite recién a partir de US$ 6,50 por libra.
Carga potencial sobre la base minera, según el precio del cobre
| US$/lb | 3,50 | 4,00 | 4,50 | 5,00 | 5,50 | 6,00 | 6,50 | 7,00 |
| Carga / RIOMA | 19,2% | 27,9% | 32,4% | 36,9% | 41,2% | 44,5% | 46,5% | 46,5% |
El dato es relevante para planificar. Durante 2026 el cobre ha alcanzado máximos nominales cercanos a US$ 6,39 por libra, de modo que el techo dejó de ser una hipótesis de laboratorio. Toda empresa con márgenes altos debería simular su carga con distintos escenarios de precio antes del cierre, porque el ajuste no es automático: hay que calcularlo y documentarlo.
La teoría llevada a la práctica a través de esta calculadora de ejercicios que compartimos por este medio en el siguiente link https://www.bbsc.cl/wp-content/uploads/2026/09/BBSC_Calculadoras_Blog_Minero_2026.xlsx
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Claudia Valdés Muñoz, gerente general BBSC®, servicios contables & tributarios de excelencia, cvaldes@bbsc.cl, www.bbsc.cl, +56 9 8139 3599
