1. Modo de efectuar el pago (Art. 54): a) La remuneración debe pagarse en monedas de curso legal, salvo excepciones: ✓ Los beneficios adicionales que suministra el empleador en forma
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»