→ En virtud del Art. 353, acordada la huelga y hecha efectiva, el empleador puede declarar el lock-out o cierre temporal de la empresa, que puede ser total o parcial.
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»