Con fecha 03 de septiembre del 2025, el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) se pronunció en el oficio 1752, respecto de la dirección que deben contener los comprobantes
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»
