La representación ante la autoridades tributarias, ya sean administrativas (SII) o judiciales (TTA), está tratada en el artículo 9° del Código Tributario. Antes de entrar en materia, se debe entender
«Somos un equipo formado en temas tributarios y contables, con conocimientos y experiencia demostrada en la aplicación de los principios contables generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera. Nuestra mirada estratégica de la planificación tributaria nos distingue.»